Programa Conexión Empleo Joven (SEF)

Finalidad

Subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa CONEXIÓN EMPLEO JOVEN”, de ayudas a la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia.

 

Información y tramitación

Serán subvencionables:

1. La actividad subvencionada consistirá en la contratación, por parte de las Empresas y personas trabajadoras autónomas, en la modalidad de contrato indefinido, de personas jóvenes tituladas, mayores de 18 y menores de 30 años, desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente, al menos el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato y además deberán ser beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) en los términos establecidos por la normativa vigente.

2. La actividad subvencionada deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Que la persona contratada carezca de experiencia profesional laboral de la titulación objeto del contrato. A efectos de esta convocatoria, se considerará que la persona contratada carece de experiencia profesional laboral en la titulación objeto del contrato cuando, en el momento de la contratación:
    • No haya estado dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social por cuenta ajena en un grupo de cotización vinculado a dicha titulación.
    • No haya desempeñado funciones relacionadas con la titulación en el marco de una relación laboral previa, ya sea mediante contrato indefinido, temporal, o formativo.
    • No haya estado contratada en puestos que requieran dicha titulación como requisito de acceso o desempeño.
  • La contratación deberá formalizarse mediante contrato de trabajo indefinido, a jornada completa, en una categoría profesional o puesto de trabajo directamente relacionado con la titulación académica o profesional de la persona joven contratada. Se entenderá que el contrato es acorde con la titulación cuando:
    • El puesto de trabajo requiera, como criterio de acceso o desempeño, la titulación que posee la persona contratada.
    • El grupo de cotización asignado en el alta en Seguridad Social se corresponda con el nivel formativo de dicha titulación.
    • Las funciones descritas en el contrato estén vinculadas a los contenidos formativos de la titulación.
  • Que se favorezca la formación y práctica profesional en los sectores con nuevas necesidades del ámbito local de la Región de Murcia de las personas desempleadas que sean contratadas. A estos efectos las contrataciones deberán referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o profesional de la persona contratada.
  • Definición de titulación a efectos de la convocatoria: Se entenderá por titulación aquella formación acreditada oficialmente que habilita para el desempeño profesional, incluyendo:
    • Títulos universitarios oficiales (Grado, Máster, Doctorado).
    • Títulos de Formación Profesional de grado medio o superior.
    • Certificados de profesionalidad de nivel 2 y nivel 3, expedidos conforme al Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
    • La titulación deberá estar directamente relacionada con el puesto de trabajo objeto del contrato, y podrá ser acreditada mediante copia del título, certificado académico oficial, acreditación electrónica equivalente o verificada por el SEF mediante consulta por la plataforma de interoperabilidad.

 Destinatarios:

 Empresas y otras Entidades.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas cuyo centro de trabajo para el que se realice la contratación objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia y formalicen contratos de trabajo indefinidos como subvencionables.

 Plazo de Presentación:

 Abierto

  • Presentación de solicitud: 26/01/2026 hasta 30/09/2026

Será subvencionable la contratación indefinida y tener efectos entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. Solo serán subvencionables los contratos cuya fecha de alta en la Seguridad Social se encuentre dentro de dicho intervalo.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente:

  1. Plazo general de la convocatoria: El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día 26 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026,
    0 sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Las solicitudes de subvención presentadas fuera de este plazo se inadmitirán a trámite.
  2. Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral). El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Las solicitudes se presentarán dentro del plazo individualizado descrito en el apartado 2 y siempre dentro del plazo general de la convocatoria correspondiente.

0En el supuesto de contrataciones realizadas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 25 de enero de 2026, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el 26 de enero de 2026.

Plazo de presentación

Desde el 26/01/2026 hasta 30/09/2026

Categorías

  • Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF)
  • Empleo